Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública al amparo de la Ley de Transparencia
El Departamento de la Familia y sus Administraciones, en cumplimiento con la Ley Núm. 141-2019 “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, y con la política pública del Gobierno de Puerto Rico, facilita el acceso y la divulgación de la información pública. Además, reafirma la política de apertura a la información y documentación, que incluya la disponibilidad de la tecnología y de los avances necesarios para hacer valer el derecho de los solicitantes a acceder a la información y documentación pública de forma oportuna, objetiva, veraz, completa, reutilizable, procesable y disponible en formatos accesibles, inalterados e íntegros.
La Ley 141-2019 establece un procedimiento uniforme para obtener la información pública que se genere o custodie en las entidades gubernamentales. Para ello, el Departamento de la Familia y sus Administraciones han designado servidores públicos que fungirán como Oficiales de Información y tendrán la responsabilidad de recibir las solicitudes de información, tramitar las mismas y facilitar el acceso a los documentos, dentro del término establecido.
Los interesados en solicitar un requerimiento de información del Departamento de la Familia y/o sus Administraciones mediante
el Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública (Ley de Transparencia), pueden escribir a los Oficiales de Información mediante correo electrónico a
transparencia@familia.pr.gov Lcdo. Francis Nieves RuizOficial de Información
Alinés Torres SalazarOficial de Información